Recomienda que no se incluyan exploración y
explotación
Pemex debe "limitar funciones" en contratos de
servicios múltiples: ASF
ENRIQUE MENDEZ
Al revisar los contratos de servicios múltiples (CSM) para la extracción
de gas no asociado en la cuenca de Burgos, la Auditoría Superior de la
Federación (ASF) concluyó que de las cláusulas estipuladas en dichos
contratos "se puede entender que se estaría confiriendo a los
contratistas la realización de actividades estratégicas e indelegables,
que sólo puede llevar a cabo el Estado por conducto de su subsidiaria
Pemex Exploración".
En el informe de revisión de la cuenta pública 2003, el órgano
fiscalizador recomendó a Petróleos Mexicanos (Pemex) que en tanto la
Suprema Corte de Justicia de la Nación no defina si dichos contratos son
o no constitucionales, "no se incluya la exploración y explotación en
los contratos, en razón de que se puede interpretar que se le confieren
a los contratistas actividades reservadas por ley a la nación".
Asimismo, tras la revisión de las operaciones de Pemex Internacional (PMI)
se determinó que durante 2003 dicha subsidiaria de la paraestatal colocó
deuda -por medio de Pemex Finance, que opera en el extranjero- por un
saldo al 31 de diciembre de ese año de 3 mil 950 millones de dólares,
operaciones que le generaron liquidez a la empresa.
Sin embargo, la ASF acotó que no pudo determinarse el monto que de esa
cifra se canalizó para infraestructura de Pemex mediante los Proyectos
de Inversión Diferidos en el Gasto (Pidiregas), ya que la administración
de esos recursos es competencia de Pemex Exploración.
Como resultado de la auditoría 03-18575-6-084 para evaluar el proceso
para otorgar los CSM, el órgano fiscalizador señaló que si bien con el
análisis de las cláusulas "no pretende hacer un pronunciamiento sobre su
constitucionalidad, en virtud de que no tiene atribuciones en esa
materia", sí podía determinar que, de conformidad con la legislación
respectiva, en algunas de ellas es posible determinar que los
contratistas llevan a cabo actividades exclusivas del Estado.
Durante la investigación, Pemex Exploración argumentó que las
importaciones de gas de Estados Unidos representan para México una
salida anual de divisas por 2 mil millones de dólares, por lo que si se
considera que el costo de producción de gas natural en la cuenca de
Burgos es de 2.5 dólares por millón de pies cúbicos, el Estado tiene "el
potencial de capturar un beneficio económico neto de mil 100 millones de
dólares, si este volumen de gas se produce" en el territorio nacional.
Pemex Exploración alegó que esa situación "lo obligó a intensificar los
mecanismos tradicionales de contratación de obras y servicios para
proyectos de gas" y a "complementarlos con nuevos esquemas de
contratación que le permitieran reforzar rápidamente la capacidad de
ejecución y el financiamiento, con objeto de reducir las importaciones".
No obstante, la ASF sostuvo que de las cláusulas de los CSM se desprende
que la ejecución de las obras por parte de los contratistas suple las
actividades que son exclusivas del Estado.
Por ejemplo, señaló que el contratista para cumplir la obligación de
informar del gas entregado a Pemex Exploración "implicaría que opere y
haga producir los pozos; de otra manera, no estaría en posibilidad de
cumplir con esa obligación".
También explicó que en la transferencia diaria de gas a la subsidiaria,
establecida en la cláusula 13.3, "se desprende que existe una obligación
a cargo del contratista de entregar gas y condensados que sean
producidos por los pozos mantenidos por el contratista en el área de
trabajo, así como asegurarse que el gas y los condensados se entreguen
en los puntos de transferencia y cumplan con las especificaciones
requeridas.
"Esa obligación sugiere que, además de explorar pozos, el contratista
estaría realizando actividades como extraer y procesar gas natural y
condensados para poderlos entregar a Pemex Exploración; además, llevaría
implícita la acción de producir, o sea extraer el gas del subsuelo,
actividades que son exclusivas del Estado y, en ese caso, se podría
interpretar que se está infringiendo lo establecido en los artículos 1,
2, 3 y 4 de la Ley Reglamentaria del artículo 27 constitucional en el
ramo del petróleo, y tercero, fracción IV de la Ley de Obras Públicas y
Servicios Relacionado con las Mismas".
La auditoría también revisó las condiciones del inciso b, Perforación y
abandono, del anexo E-1, Componentes de los precios unitarios
originales, donde se estableció que cuando el contratista decida
terminar y/o estimular un pozo, realizar pruebas de producción o bien
poner un pozo en producción y éste no produzca a un nivel superior de
200 mil pies cúbicos diarios, únicamente recibirá el precio unitario
original correspondiente a un yacimiento no productivo.
"De la lectura del anexo se puede interpretar que, por un lado, este
anexo le otorga al contratista la facultad de tomar decisiones sobre la
terminación o estimulación de un pozo, es decir, las decisiones de
producción las toma el contratista, y no Pemex Exploración. Por el otro,
que algunos precios unitarios ya incluyen la producción de gas, lo que
podría resultar contrario al contrato de obra pública", explicó.
Ante la ambigüedad de la legislación que regula las actividades a
contratar por la subsidiaria, la ASF recomendó que el Congreso de la
Unión defina "de manera precisa y clara los alcances y limitaciones de
los términos de exploración y explotación, y dentro de ellos, las
actividades que Pemex y sus subsidiarias deberán realizar en forma
exclusiva y directa, y aquellas que podría realizar por medio de la
contratación de personas físicas o morales, lo que imposibilita que
tanto los servidores públicos de Pemex como los terceros contratados
para la realización de obras petroleras obtengan seguridad jurídica en
sus actos".
Al respecto, el secretario de la Comisión de Energía de la Cámara de
Diputados, Francisco Carrillo Soberón, informó que las diferentes
denuncias presentadas en contra de los CSM "han paralizado los nuevos
bloques a licitar por Pemex", y anunció que los trabajadores e
ingenieros de la paraestatal, así como los legisladores, analizan la
posibilidad de presentar en una sola las demandas que han interpuesto,
con la intención de que una sola denuncia fructifique y logre la nulidad
de los contratos.