Amplían 6 meses el periodo para
proteger a consumidores de gasolina
El sistema para medición y
despacho de combustibles líquidos tendría vigencia hasta el 27 de
mayo
Jueves 26 de Mayo de 2005
Angelina Arredondo Elizalde/Cambio de Michoacán
Se amplió seis meses la vigencia de la Norma de Emergencia 011 para
proteger a los consumidores de gasolina, que faculta a la
Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), revisar las partes
electrónicas de una bomba despachadora de gasolina y constatar que
los usuarios reciban "litros de litros".
Así lo dio a conocer Gladis López Blanco, delegada de la Profeco,
quien refirió que la Norma de Emergencia 011 (NOM-EM-011-SCFI-2004)
que se refiere al sistema para medición y despacho de gasolina y
otros combustibles líquidos, tendría vigencia hasta el 27 de mayo,
pero se amplió seis meses más porque no ha habido acuerdos para
concluir la elaboración y publicación de la nueva NOM-005-SCFI-2005.
Explicó que la Dirección General de Normas, de la Secretaría de
Economía, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal sobre
Metrología y Normalización, amplió la vigencia de la Norma de
Emergencia, en tanto no se concluya la publicación de la nueva
norma.
López Blanco detalló que: "En estos seis meses, la Profeco podrá
seguir revisando las partes electrónicas de una bomba despachadora
de gasolina de acuerdo a lo estipulado; y paralelamente, se seguirá
trabajando en una mesa de trabajo con la Organización Nacional de
Expendedores de Petróleo (Onexpo), Petróleos Mexicanos (Pemex),
Secretaría de Economía y la Profeco, a fin de concluir un nuevo
marco jurídico".
Agregó que: "Esta normatividad se está elaborando con la
participación de los sectores involucrados, considerando todos los
elementos contenidos en la NOM de Emergencia, los cuales se aclaran
y especifican en la propia NOM-005-SCFI-2005, para garantizar que se
expenda la cantidad de combustible que se paga y evitar prácticas
fraudulentas".
La funcionaria no precisó cuántas gasolineras de Michoacán fueron
verificadas, ya que es una acción que depende de la Dirección
General de Combustible de la Profeco a nivel central, "pero lo que
sí podemos garantizar es que seguirán haciéndose las verificaciones
por parte de las brigadas autorizadas para tal fin", señaló.
Reiteró que: "Al tener la facultad, la Profeco no suspenderá las
revisiones, seguirán analizándose y verificándose las partes
electrónicas y los dispensarios de combustible para comprobar que no
sea alterado el funcionamiento de las máquinas".
La Norma Oficial Mexicana de Emergencia establece las
especificaciones, métodos de prueba y verificación de los sistemas
de medición y despacho de combustibles líquidos, como diesel,
turbosina y gas avión.
Hasta el 26 de noviembre de 2004, con la NOM-005-SCFI-2004, la
Profeco sólo verificaba la parte mecánica de los dispensarios, pero
no la eléctrica, la cual presuntamente era modificada para alterar
el despacho de gasolina, hasta que se emitió la NOM-EM-011-SCFI-2004.
De acuerdo con la Profeco, los expendedores de combustibles del país
interpusieron 2 mil 500 amparos en contra de la NOM 011, de los
cuales sólo 20 han sido resueltos favorablemente para los
expendedores.
Por vencer, plazo para solicitar la calibración
El 31 de mayo vence el plazo para que los dueños de aparatos de
medición como básculas de todos los calibres y las bombas
despachadoras de gasolina soliciten ante la Profeco su trámite de
calibración.
En caso contrario, pueden generarse sanciones; para las básculas la
multa es de mil pesos aproximadamente, y por cada manguera que no
esté calibrada, la multa podría ser de 8 mil 448 pesos, ya que se
toman como base 200 días de salario mínimo. Cada dispensario tiene
en promedio cuatro mangueras, aunque algunos pueden tener seis; los
dispensarios de diesel tienen dos mangueras.
La calibración se rige por la Ley Federal Sobre Metrología y
Normalización.