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Amplían 6 meses el periodo para proteger a consumidores de gasolina

El sistema para medición y despacho de combustibles líquidos tendría vigencia hasta el 27 de mayo

Jueves 26 de Mayo de 2005
Angelina Arredondo Elizalde/Cambio de Michoacán

Se amplió seis meses la vigencia de la Norma de Emergencia 011 para proteger a los consumidores de gasolina, que faculta a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), revisar las partes electrónicas de una bomba despachadora de gasolina y constatar que los usuarios reciban "litros de litros".

Así lo dio a conocer Gladis López Blanco, delegada de la Profeco, quien refirió que la Norma de Emergencia 011 (NOM-EM-011-SCFI-2004) que se refiere al sistema para medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos, tendría vigencia hasta el 27 de mayo, pero se amplió seis meses más porque no ha habido acuerdos para concluir la elaboración y publicación de la nueva NOM-005-SCFI-2005.

Explicó que la Dirección General de Normas, de la Secretaría de Economía, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, amplió la vigencia de la Norma de Emergencia, en tanto no se concluya la publicación de la nueva norma.

López Blanco detalló que: "En estos seis meses, la Profeco podrá seguir revisando las partes electrónicas de una bomba despachadora de gasolina de acuerdo a lo estipulado; y paralelamente, se seguirá trabajando en una mesa de trabajo con la Organización Nacional de Expendedores de Petróleo (Onexpo), Petróleos Mexicanos (Pemex), Secretaría de Economía y la Profeco, a fin de concluir un nuevo marco jurídico".

Agregó que: "Esta normatividad se está elaborando con la participación de los sectores involucrados, considerando todos los elementos contenidos en la NOM de Emergencia, los cuales se aclaran y especifican en la propia NOM-005-SCFI-2005, para garantizar que se expenda la cantidad de combustible que se paga y evitar prácticas fraudulentas".

La funcionaria no precisó cuántas gasolineras de Michoacán fueron verificadas, ya que es una acción que depende de la Dirección General de Combustible de la Profeco a nivel central, "pero lo que sí podemos garantizar es que seguirán haciéndose las verificaciones por parte de las brigadas autorizadas para tal fin", señaló.

Reiteró que: "Al tener la facultad, la Profeco no suspenderá las revisiones, seguirán analizándose y verificándose las partes electrónicas y los dispensarios de combustible para comprobar que no sea alterado el funcionamiento de las máquinas".

La Norma Oficial Mexicana de Emergencia establece las especificaciones, métodos de prueba y verificación de los sistemas de medición y despacho de combustibles líquidos, como diesel, turbosina y gas avión.

Hasta el 26 de noviembre de 2004, con la NOM-005-SCFI-2004, la Profeco sólo verificaba la parte mecánica de los dispensarios, pero no la eléctrica, la cual presuntamente era modificada para alterar el despacho de gasolina, hasta que se emitió la NOM-EM-011-SCFI-2004.

De acuerdo con la Profeco, los expendedores de combustibles del país interpusieron 2 mil 500 amparos en contra de la NOM 011, de los cuales sólo 20 han sido resueltos favorablemente para los expendedores.

Por vencer, plazo para solicitar la calibración

El 31 de mayo vence el plazo para que los dueños de aparatos de medición como básculas de todos los calibres y las bombas despachadoras de gasolina soliciten ante la Profeco su trámite de calibración.

En caso contrario, pueden generarse sanciones; para las básculas la multa es de mil pesos aproximadamente, y por cada manguera que no esté calibrada, la multa podría ser de 8 mil 448 pesos, ya que se toman como base 200 días de salario mínimo. Cada dispensario tiene en promedio cuatro mangueras, aunque algunos pueden tener seis; los dispensarios de diesel tienen dos mangueras.

La calibración se rige por la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización.

 



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