Esgrime que carece de recursos para
acatar la norma
Pemex pide amparo contra ley
sobre desechos tóxicos
Tras intenso cabildeo de la paraestatal, ministros de la segunda
sala deciden remitir la solicitud al pleno
Fuente:
jornada.unam.mx
(21/11/05)
JESUS ARANDA
Petróleos Mexicanos interpuso un amparo ante la Suprema Corte de
Justicia de la Nación (SCJN) con el fin de no acatar la Ley General
para la Prevención y Gestión Integral de Residuos, con el argumento
de que cumplir con esa normatividad le costaría mil millones de
dólares al menos.
La paraestatal convenció al menos a tres ministros de la segunda
sala de que no apoyaran el proyecto de dictamen elaborado por el
ministro Genaro Góngora Pimentel, quien negaba el amparo a la
quejosa.
Góngora Pimentel apoyó la propuesta de Juan Díaz Romero de enviar el
asunto al pleno, para que el tema sea nuevamente analizado, pero
ahora por los 11 ministros.
Trascendió que ante el reciente cabildeo que llevaron a cabo los
abogados de Pemex entre los cinco ministros que integran la segunda
sala del máximo tribunal -antes de que se resolviera hace unos días,
en sesión privada, enviar el expediente al pleno-, Góngora Pimentel
argumentó que, al igual que sus compañeros, está dispuesto a
colaborar en el crecimiento y fortalecimiento de la empresa
petrolera nacional, pero que ésta debe cumplir con la protección al
medio ambiente.
En este contexto, de acuerdo con informes y documentos analizados
por los ministros, Pemex se ha convertido en la empresa más
contaminante del país y, pese a ello, se niega a acatar la ley de
manejo de residuos peligrosos, entre ellos los lodos de perforación
base aceite, provenientes de la extracción del petróleo.
El amparo en revisión -1398/2005- fue interpuesto por Pemex
Exploración y Producción ante la SCJN en contra del artículo 31,
fracción XI, de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral
de Residuos, publicada el 8 de octubre de 2003 en el Diario Oficial,
la cual se refiere al manejo de contaminantes.
El citado artículo señala: ''Estarán sujetos a un plan de manejo los
siguientes residuos peligrosos, y los productos usados, caducos,
retirados del comercio o que se desechen y que estén clasificados
como tales en la norma oficial mexicana correspondiente'', y en su
fracción XI precisa que "lodos de perforación de base aceite,
provenientes de la extracción de combustibles fósiles (petróleo) y
lodos provenientes de plantas de tratamientos de aguas residuales''
se incluirán en esta normatividad ''cuando sean considerados
peligrosos".
De acuerdo con esta ley, Pemex está obligada a implantar un plan de
manejo de los lodos de perforación base aceite que produce la
extracción de petróleo.
La paraestatal argumenta que los lodos de perforación base aceite no
deben ser considerados residuos peligrosos, por lo que el manejo de
dichos desechos se debe realizar en forma menos rigurosa y, por
tanto, más económica.
En la misma demanda, Pemex impugnó el oficio DGGIMAR.710/0000006 del
23 de enero de 2004, elaborado por la Semarnat, en el que instruye a
la paraestatal en la forma en que deben manejarse los residuos
peligrosos que provienen de los pozos petroleros.
Góngora Pimentel planteaba la negativa del amparo luego de que no
aceptó los alegatos de Pemex de que la ley referida se contrapone
con otras leyes ambientales y, por tanto, es inconstitucional.
El ministro señala que la Corte analiza cuando una ley se opone a la
Constitución, pero no cuando normas secundarias se contraponen entre
sí. Por esa razón negó el amparo.
En cuanto a la peligrosidad de los lodos, el proyecto rechaza la
argumentación de Pemex de que la ley se refiere exclusivamente como
residuos peligrosos a los materiales que provienen del tratamiento
de aguas residuales y que no tiene que ver con los lodos de
perforación base aceite, lo cual -desde el punto de vista del
ministro ponente- es incorrecto.
Además consideró que los sólidos resultantes de la extracción de
crudo (llamados recortes de perforación) en los que se utilicen
lodos de perforación base aceite, si bien la ley no los clasifica
como residuos peligrosos, la Semarnat y la ley cuestionada
consideran que entran en contacto íntimo y en mezcla entrecruzada
con los lodos que la normatividad considera residuos peligrosos, por
lo que también son peligrosos y deben manejarse como tales.
Más allá de los tecnicismos esgrimidos por Pemex para no cumplir la
ley impugnada, sus abogados hicieron ver a los cinco ministros de la
segunda sala que no cuenta con los recursos económicos para
instaurar la norma, porque ello implicaría a la empresa un gasto -al
menos en una primera etapa- de mil millones de dólares.
Los ministros Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Margarita Beatriz Luna
Ramos y Sergio Salvador Aguirre Anguiano se opusieron al proyecto de
Góngora Pimentel, por lo que éste aceptó gustoso la propuesta de
Juan Díaz Romero de turnar el caso al pleno.